Conoce más sobre la ley de garantías electorales.
Doble Vía
La Ley 996 de 2005 es una ley estatutaria cuyo principal propósito es regular los procesos electorales por medio de la limitación a la Administración Pública a la hora de contratar con externos y celebrar convenios interadministrativos, entre otras restricciones; con el ánimo de asegurar comicios transparentes y sin presiones.

La ley impone restricciones temporales antes de las elecciones, que afectan temas como:
• Convenios interadministrativos.
• Contratación (procesos de compras).
• Vinculación de personal.
• Uso de recursos públicos.
• Participación política de servidores públicos.
• Publicidad institucional por parte de la empresa.

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Prohibiciones: Desde el 8 de noviembre de 2025, los gobernadores, alcaldes, secretarios y gerentes de entidades descentralizadas no podrán suscribir convenios interadministrativos (art 38).
Excepciones: El legislador no previó ningún tipo de excepción.
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Prohibiciones: A partir del 31 de enero de 2026 queda prohibida la contratación directa por parte de todos los entes del Estado (art. 33).
Excepciones: Defensa y seguridad del Estado, crédito público, casos de fuerza mayor o caso fortuito, gastos inaplazables e imprescindibles que afecten el normal funcionamiento de la administración pública (art. 33).
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Prohibiciones: Desde el 8 de noviembre de 2025 no podrá modificarse la nómina de los entes territoriales o entidades descentralizadas de orden municipal, departamental o distrital y a partir del 31 de enero de 2026 se prohíbe la vinculación que afecte la nómina estatal en la rama ejecutiva (arts 32 y 38).
Excepciones: Personal supernumerario que requiera la organización electoral y provisión de cargos por faltas definitivas, con ocasión de muerte o renuncia irrevocable del cargo (art 38)
Para ambos casos finaliza el 31 de mayo de 2026 (21 de junio de 2026 si hay segunda vuelta presidencial).
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XM, como empresa de servicios públicos del orden nacional, no está directamente sujeta a estas restricciones.
Pero estas sí le aplican si se hacen convenios o contratos interadministrativos con entidades territoriales departamentos, municipios o sus entidades descentralizadas, realiza procesos de contratación o vinculación personal.