Informamos que a la fecha 126 empresas registradas como agentes ante el ASIC y/o el LAC han remitido documentación para dar cumplimiento a lo establecido en la Resolución CREG 031 de 2021 modificada por la Resolución CREG 101 008 de 2022.
Le recordamos a las empresas que se encuentran registradas como agentes y aún no han remitido la documentación, que el 01 de mayo de 2022 vence el plazo para cumplir con la obligación de celebrar el contrato de encargo fiduciario con fecha de inicio el 01 de junio de 2022, y vigencia mínima hasta el 01 de enero de 2024. El incumplimiento de esta obligación, dará lugar a la aplicación del procedimiento de retiro o limitación de suministro, de acuerdo con lo establecido en la Resolución CREG 116 de 1998 y Resolución CREG 156 de 2011 y demás que la modifiquen o sustituyan.
Esta obligación debe ser cumplida por todos los agentes registrados ante el SIC y el LAC, es decir, que aplica para las empresas registradas en cualquiera de las actividades de Generación, Comercialización, Distribución y Transmisión de Energía Eléctrica.
Por lo anterior, solicitamos enviar a la mayor brevedad el contrato de encargo fiduciario junto con sus anexos, teniendo en cuenta que para la fecha indicada la documentación deberá estar aprobada por XM .