Les informamos que a partir del 1ero de julio de 2022 se requiere indicar para el registro de las fronteras de tipo medición directa (fronteras planta de emergencia y medición independiente) que el nivel de tensión de las fronteras es igual al nivel de tensión del usuario asociado. Lo anterior será considerado para efectos de la liquidación de la DDV, particularmente en lo que respecta a la verificación de la desconexión de demanda de la cual trata el capítulo 5 de la Resolución CREG 063 de 2010 y sus modificaciones.
Registro y liquidación fronteras DDV
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