El ASIC les recuerda a los Comercializadores y Generadores con contratos de largo plazo registrados en el MEM, que de acuerdo con lo establecido en la Resolución CREG 101-030 de 2022 el plazo máximo para reportar los cambios de los que trata el Artículo 4 de la Resolución CREG 101-029 de 2022 vence el viernes 07 de octubre de 2022. Considere que las solicitudes de modificación de indexadores y precios deberán presentarse con una anticipación mínima de 3 días hábiles a la fecha de inicio de vigencia.
Plazo máximo para modificaciones de precios e indexadores de contratos de largo plazo - Resolución CREG 101-029 de 2022
Noticias del Mercado