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Información aplicación Resolución CREG 101 083 de 2025

Noticias del Mercado

El Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) informa que, en cumplimiento de la Resolución CREG 101 083 de 2025, se ha publicado un nuevo procedimiento con el objetivo de que las plantas que negocien y/o racionen el gas reporten dicha disminución durante el mantenimiento programado de la planta regasificadora. 

En línea con lo anterior, las plantas que transfieran gas natural a otras unidades requeridas para el despacho del área Caribe 2 deberán reportar al CND y al ASIC, a más tardar a las 8:00 a.m. del día previo a la operación, la cantidad de gas (en MBTU) de forma horaria y diaria. Esta información permitirá aplicar lo dispuesto en el artículo 1 de la Resolución CREG 101 083 de 2025.

El ASIC tendrá en cuenta únicamente:

  • Plantas con asignaciones de OEF para el periodo 2024-2025 que respalden sus obligaciones con gas natural.

  • Plantas que no pertenezcan al área Caribe 2.

  • Plantas validadas mediante la Circular correspondiente emitida por el Ministerio de Minas y Energía.

Para facilitar la implementación de este procedimiento, se ha elaborado una guía explicativa que detalla la estructura y finalidad del archivo de reporte de gas negociado y/o racionado por cada planta la cual la podrán encontrar en el siguiente enlace: https://www.xm.com.co/transacciones/liquidaciones/liquidacion-sic/formatos-instructivos-y-procedimientos-liquidacion-sic-replica con el nombre: “Guía_Reporte_Diario_DisminuciónGas_2025”.

En caso de presentarse cualquier inquietud o aclaración, por favor dirigirse a nuestra Línea de Orientación a Clientes al (4) 317 29 29 de Medellín, digitando la opción 1, o remitirla por correo electrónico a la dirección info@xm.com.co.

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