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Reporte de fronteras comerciales afectadas por la emergencia nacional y cobijadas por las medidas de la Resolución CREG 101 128 de 2026

Noticias Agentes

De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del artículo 2 de la Resolución CREG 101 128 de 2026, “Por la cual se adoptan medidas transitorias sobre la presentación de solicitudes de ajuste de los planes de inversión de los OR del SIN y sobre fronteras comerciales con ocasión de la declaratoria de una situación de desastre nacional mediante el Decreto 1171 de 2026”, informamos a los agentes interesados que se encuentra disponible el formato “Formato_Articulo_2_Literal_B_CREG_101_128.xlsx”.

A través de este formato, los agentes podrán reportar el listado de las fronteras comerciales afectadas por la emergencia nacional y que se encuentren cobijadas por las disposiciones previstas en la citada resolución.

El formato incluye los campos mínimos establecidos en el literal b) del artículo 2 de la Resolución CREG 101 128 de 2026. Adicionalmente, con el propósito de facilitar la aplicación de las medidas previstas en el artículo 6 de la misma resolución, se incorporaron tres campos en los cuales los agentes podrán indicar si para cada frontera comercial aplica alguna de las siguientes situaciones:

  • La falla, hurto, imposibilidad de reparación, imposibilidad de reposición o retraso en la ejecución del plan de normalización tiene una relación causal directa con la emergencia.
  • Se requiere que las fechas asociadas a la falla sean consideradas a partir del 14 de septiembre de 2026.
  • Se requiere suspender el plan de normalización durante el período comprendido entre el 10 de agosto y el 14 de septiembre de 2026.

El formato puede consultarse y descargarse en la carpeta “Formatos” de la sección “Formatos, instructivos y procedimientos - Registro de fronteras” de nuestra página web.

Los agentes interesados deberán remitir el formato debidamente diligenciado al correo electrónico info@xm.com.co, indicando en el asunto “Reporte Fronteras Emergencia Nacional - Res CREG 101 128 de 2026”. El formato deberá estar firmado por un usuario de la empresa que cuente con el rol “Firmante fronteras comerciales y contratos UNR”, registrado y activo ante XM.

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