Recordamos que en cumplimiento a lo establecido en la Resolución CREG 038 de 2014 (Código de Medida) el informe anual de operación de los Centros de Gestión de Medida (CGM) correspondiente al año 2024 debe ser reportado por los representantes de frontera (RF) el último día hábil del mes de febrero de cada año. Lo anterior cumpliendo con lo establecido en el artículo 40 y el literal l) del Anexo 3 de la Resolución en mención.
Recordamos que el acceso al aplicativo Portal CGM con objeto de reporte del informe debe realizarse a través del portal de XM
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