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Declaración de Capacidad Instalada o Nominal de AGGE – Artículo 48 Resolución CREG 101 099 de 2026

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En cumplimiento de lo establecido en el Parágrafo 1 del Artículo 48 de la Resolución CREG 101 099 de 2026, se recuerda a los agentes generadores que representan Autogeneradores a Gran Escala (AGGE) la obligación de declarar ante el Centro Nacional de Despacho (CND) la capacidad instalada o nominal, junto con el documento del fabricante que demuestre dicha capacidad.
El mecanismo definido para la remisión de esta información es el envío a través del buzón de correo electrónico info@xm.com.co, indicando en el asunto:
“Declaración de Capacidad Instalada o Nominal de AGGE – Artículo 48 Resolución CREG 101 099 de 2026”
Fecha límite para el envío de la información: 24 de marzo de 2026.

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